
Sergio Sarmiento
Es positivo que la presidenta Sheinbaum haya ordenado al Senado detener la aprobación al vapor de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Para empezar, ninguna ley debería aprobarse así, sin siquiera leerla. Pero los problemas de esta iniciativa van mucho más allá del artículo 109 que permite el bloqueo de plataformas digitales y al que tanta atención se ha prestado. Esta es una ley que concentra el poder en una actividad que por su naturaleza debería vivir en libertad.
La autoría se le atribuye a José Antonio Peña Merino, Pepe Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, creada por Sheinbaum el 28 de noviembre de 2024 y a la que se dio rango de secretaría de Estado. Se dijo que el propósito de la agencia era “formular y conducir las políticas de inclusión digital, gobierno digital.”, que se dedicaría a reducir y agilizar trámites, que crearía un mecanismo de autenticación digital, una identificación oficial distinta a la del INE.
Desde un principio, sin embargo, la agencia absorbió instituciones muy diversas, como el Instituto Federal de Telecomunicaciones, Correos de México y la Comisión de Mejora Regulatoria, y entre sus facultades se incluyó la de “elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del gobierno federal”. La nueva ley concentra en esta agencia todos los poderes del Estado en telecomunicaciones y radiodifusión. Es una decisión poco menos que estalinista.
La posibilidad de bloquear plataformas digitales no es el único problema de la iniciativa. La agencia obtiene la potestad de otorgar concesiones y resolver sobre su prórroga, modificación o terminación, lo que antes hacía el IFT, pero bajo consideraciones técnicas y no políticas. También puede declarar y ejecutar la “requisa”, la confiscación, de vías generales de comunicación; realizar procesos de licitación y asignación de bandas y frecuencias del espectro radioeléctrico; fijar el monto de las contraprestaciones por las concesiones; formular, “de considerarlo necesario, consultas públicas no vinculatorias en materias de su competencia” (antes eran obligatorias para el regulador); “ordenar la suspensión inmediata (sí, censura automática) de transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley” y muchas más.
La ley retoma la cuestionada idea de que en radio y televisión los periodistas deben diferenciar “con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”, que los medios deben otorgar “derecho de réplica” y evitar “toda discriminación”. La agencia podrá establecer todas las demás limitaciones “que se establezcan en los lineamientos que al efecto expida” y definirá cuándo se violan los “derechos de las audiencias”. Los códigos de ética de los concesionarios de radiodifusión deberán ajustarse a sus lineamientos.
Los mecanismos de la nueva legislación son unilaterales y discrecionales. La iniciativa despoja a los concesionarios de la posibilidad de defenderse en tribunales. El artículo 280 establece que “Las normas generales, actos u omisiones de la Agencia podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión”. Pero un amparo indirecto, que busca la nulidad o modificación de un acto administrativo o judicial que no sea sentencia final, tiene poco valor sin la suspensión.
La nueva ley es propia de un régimen autoritario. Es bueno que la presidenta haya ordenado la apertura de un espacio de discusión, pero no sabemos si lo hace solo para evitar críticas mientras mantiene la intención de dejar todo o la mayor parte de este engendro en la legislación nacional.
Entregar agua
Al final el gobierno mexicano tuvo que ceder y entregar a Estados Unidos parte del agua que les debemos por el tratado de 1944. El problema es haber llegado al límite del quinquenio para entregar el líquido en el último momento, en un tiempo de profunda sequía.
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ABR 30 2025